El PAS y la protección de la privacidad en internet

Fernando McLoughlin

Ser un PAS en el mercado de seguros actual implica insertarse en un mundo de tecnología creciente. Administrar un siniestro o cotizar una cobertura simplemente requiere entrar en una página de internet y cargar datos del cliente.

Pero la inmensa cantidad de datos que hay en las redes sobre los asegurados, permitirá en el futuro mediante algoritmos e inteligencia artificial, sacar provecho comercial de esos datos casi sin la incidencia humana.

Esto por cuanto la inteligencia humana, limitada por el número de neuronas con las que cuenta el cerebro, pierde terreno ante la inteligencia artificial que podría no tener más límite que aquel que le impongan, mientras puedan, sus creadores humanos.

En ese contexto donde la maquina manipula los datos de los clientes, el derecho a la protección de los datos y a la privacidad en general es esencial.
Humanos vs. Maquinas

Los amantes del cine difícilmente podríamos olvidar el temor que sentimos en la película de ciencia ficción de 1968 “2001: Una odisea del espacio” dirigida por Stanley Kubrick. La película aborda temas como la evolución humana, la tecnología, la inteligencia artificial y la vida extraterrestre.

En ella, un equipo de astronautas que trata de seguir las señales de radio emitidas por un extraño monolito hallado en la Luna (y que parece ser obra de una civilización extraterrestre) descubre que su computadora ha cometido un error y deciden desconectarla. Pero la computadora sospecha la intención de los humanos y decide eliminarlos antes que puedan desconectarla. Bueno, ese futuro de máquinas que piensan y deciden ya no está tan lejos en el futuro. La inteligencia “no humana” se está volviendo cada día más una herramienta del presente.

Una compañía tecnológica (muy conocida e influyente) estudia una forma de inteligencia artificial, que funciona muy parecido a las neuronas humanas y que parece tener la capacidad de aprender y evolucionar en el desarrollo de una inteligencia tal que pudiese calcular, por ejemplo, las posibilidades que enfrentaría una persona asegurable de morir, de enfermarse (o cuánto tiempo permanecería internado y qué probabilidad hay de volver a ser internado y por cuánto tiempo). Para ello, la herramienta tecnológica asocia datos con los que los médicos ya han contado en el pasado pero que les resultaba imposible procesar por las naturales limitaciones de un cerebro humano ante millones de datos.

Estas herramientas del futuro, llamadas “redes neuronales” se emularían al cerebro humano pero cruzando toda esta información a una velocidad imposible para un cerebro humano.

El negocio del seguro es increíblemente dependiente de los datos. Hay muchos datos sobre los asegurados y los asegurables en las redes, y darles un uso práctico a los efectos de mejorar la suscripción de riesgos podría significar una gran ventaja para vender y para seleccionar buenos riesgos. Para crear modelos predictivos de los riesgos de los asegurados solo hay que encontrar y organizar los datos de manera tal que puedan ser procesados. Denle datos bien organizados y los algoritmos de las computadoras pueden hacer búsquedas y análisis de información cada vez más eficientemente.

El camino que se está buscando es pasar de la inteligencia humana a la Inteligencia artificial para la predicción de riesgos de enfermedades y accidentes. Pero el acceso, por ejemplo, a las historias clínicas de millones de personas causaría alarma entre los defensores de la privacidad. ¿Los datos sobre la salud, hábitos y condiciones de vida a los que acceda la inteligencia artificial serán anónimos y se podrá acceder a ellos sólo con la autorización de cada paciente? o terminarán siendo públicos y al acceso de cualquiera?

Protección legal de los datos de los asegurados

Dentro y fuera del ámbito de internet, la legislación argentina protege la privacidad de las personas resguardando los datos personales, en nuestro caso, de los asegurados.

La Ley 25.326 tiene por objeto la protección integral de los datos personales referidos a personas físicas o jurídicas determinadas o determinables que se encuentren asentados en archivos, registros, bancos de datos, u otros medios técnicos de tratamiento de datos, públicos o privados, para garantizar el derecho al honor y a la intimidad de las personas.

Esta Ley fue reglamentada por el Decreto 1558/2001 y permite que cualquier persona pueda acceder a los datos personales que un tercero tiene sobre ella y en caso de error, falsedad o desactualización, exigir la modificación, actualización, supresión o incluso exigir que determinados datos se sometan a confidencialidad.

Así el principio general es que los datos personales de los asegurados pueden ser utilizados únicamente con su consentimiento. Sin embargo, el consentimiento no es necesario, por ejemplo, cuando los datos se obtienen de fuentes de acceso público irrestricto (guía telefónica, boletín oficial); o cuando lo datos se recaban para el ejercicio de funciones propias de los poderes del Estado o en virtud de una obligación legal (ANSeS, AFIP, Policía u otros organismos); o cuando se trate de listados cuyos datos se limiten a nombre, documento nacional de identidad, identificación tributaria o previsional, ocupación, fecha de nacimiento y domicilio; y especialmente cuando deriven de una relación contractual, científica o profesional del asegurado y resulten necesarios para su desarrollo o cumplimiento.

Este último caso es específicamente los datos aportados durante la suscripción del riesgo y al momento de la emisión de la póliza.

Valga recordar que, además de los controles que la Superintendencia de Seguros de la Nación ejerce, en el caso de datos asentados en bases de datos privadas o públicas nacionales, el organismo de control es la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, que depende del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Este organismo tiene como función controlar que el tratamiento de datos personales se realice de acuerdo a lo establecido por la ley y asistir y asesorar a los titulares de datos personales, recibiendo las denuncias y reclamos que quieran efectuar contra un responsable de una base de datos que infrinja los principios generales establecidos por la ley o que viole los derechos de información, acceso, rectificación, actualización, supresión y/o confidencialidad en el tratamiento de los datos.

Los datos de los asegurados en internet

Aun cuando pareciese que todo está permitido en las redes, la verdad es que los asegurados tienen estos mismos derechos que le reconoce la Ley de Protección de Datos cuando sus datos circulan en el ámbito de Internet. Lo complicado en internet, obviamente, es identificar el lugar de origen del sitio al que el asegurado le proporcionó sus datos, la imposibilidad de identificar al titular de una página web, las distintas legislaciones que existen en el mundo sobre el tema y/o la aceptación expresa o tácita de las denominadas Políticas de Privacidad de algunos sitios que incluso en muchos casos podrían llegar a estar escritas en otro idioma o, aun pero, que no solo no respetan las leyes argentinas sobre seguros contratados con empresas no autorizadas a operar, sino que pretenden aplicar otras leyes o establecen jurisdicciones extranjeras para ejercer los derechos del asegurado.

Es importante para el PAS, y sus clientes, advertir que Internet es un ámbito nuevo en el que se realizan muchas actividades de promoción y venta de seguros y no existe motivo alguno para suponer que se trata de un ámbito que esta fuera del alcance de la Ley, especialmente de la 22400, o en el que todo está permitido. Obviamente, la globalización, el anonimato y las dificultades técnicas que en muchos casos existen para identificar al autor de una conducta delictiva o abusiva, o para demostrar la ocurrencia de algún hecho o situación perjudicial que se haya producido en ese ámbito, generan la sensación de indefensión o de impunidad tanto del asegurado como del PAS.

Imágenes del PAS en internet

El cuidado de la imagen del PAS y la de las aseguradoras es esencial para construir la relación de confianza de los asegurados. La facilidad con la que se pueden reproducir exige que sea prudente al momento de publicar sus fotografías (poco recomendable si son íntimas), fotos que permitan identificar a menores de edad, que puedan ser perjudiciales para terceros o que afecten derechos de terceros.

Todas las fotos que incluyan imágenes de la aseguradora, su logo y sus funcionarios deben ser tratadas con mucha prudencia y, en muchos casos, no deberían difundirse ni publicarse sin consultar a las personas involucradas.

Existe un margen importante de libertad en la comunicación en internet, pero se recomienda informarse responsablemente de los límites.

A efecto de la difusión de sus servicios, el PAS puede disponer, con mucha moderación y aun sin autorización previa, de obras de terceros cuando se usan con propósitos educativos, de críticas, comentarios e investigación.

Nuestra legislación de derecho de autor permite, con claras limitaciones, que se publiquen, con fines didácticos o científicos, varios párrafos de obras escritas o algunos compases en el caso de las musicales y hasta se ha permitido que en algunos casos una obra se reproduzcan mientras se realice sin fines de lucro, para uso personal, con destino de educación, investigación y docencia y que esa copia no afecte a los intereses legítimos del autor.

Pero recordemos que la Ley de Protección de Datos establece, entre otras cosas, que los datos personales de los asegurados que se publiquen deben ser ciertos, adecuados, pertinentes y no excesivos en relación al ámbito y finalidad para los que se obtuvieron (y no pueden usarse para otra cosa que la que motivó el registro original) y que deben ser exactos y actualizarse en el caso de que ello fuere necesario.

Los datos desactualizados en internet

Esto implica que un dato falso o desactualizado debe ser suprimido por el responsable de la base de datos, excepto cuando, por ejemplo, la supresión pudiese causar perjuicios a derechos o intereses legítimos de terceros, o cuando existe una obligación legal de conservar los datos.

Puntualmente la Ley no garantiza el denominado “derecho al olvido”, excepto para los datos personales que tienen las empresas de informes comerciales y crediticios, en cuyo caso se estableció un límite de 5 años para almacenar datos que permitan evaluar la solvencia financiera de una persona.

El PAS debe entrar en el ámbito de las redes si desea mantenerse vigente en el mercado de seguros de las nuevas generaciones, pero debe tener especial cuidado de no creer que por que muchas cosas se puedan publicar o copiar, en internet, sea legal hacerlo. Especial cuidado debe tener en cuanto a no excederse y, siempre es recomendable, en caso de querer publicar información sobre las aseguradoras y sobre los asegurados, de contar con su autorización previa.