A través de la Resolución 505/2023, la SSN incrementó los límites de cobertura en los seguros de Responsabilidad Civil para Automotores y Transporte Público de Pasajeros (TPP) en sus diversas categorías, buscando actualizarlos dado el contexto de alta inflación. Además, se definió que los ajustes se hagan semestralmente y no de manera anual, como hasta ahora. Desde la Federación, acompañan la medida y advierten sobre aspectos sensibles que derivan de la misma.
La Superintendencia de Seguros ha ampliado los límites de cobertura en los seguros de Responsabilidad Civil para Automotores y Transporte Público de Pasajeros (TPP) en sus diversas categorías. Esta medida, establecida a través de la Resolución 505/2023, fue publicada en el Boletín Oficial del 1/11/23, y entra en vigencia para las pólizas emitidas y/o renovadas a partir del 1° de enero de 2024.
Se trata de una resolución que año a año se actualiza, a partir del contexto inflacionario que impera en el país y que, lejos de contenerse, muestra una inercia creciente con el paso de los meses.
Por eso, por primera vez, con el objetivo de «afrontar la coyuntura económica actual y disponer de un mercado solvente», se dispuso establecer una actualización semestral de las sumas aseguradas. El análisis de la suficiencia de los límites del seguro de Responsabilidad Civil seguirá quedando en manos de la Gerencia Técnica y Normativa del organismo, que desde ahora lo llevará a cabo en abril y octubre de cada año, para que se apliquen para contratos nuevos o renovaciones que se efectúen a partir del 1° de julio del año en curso o 1° de enero del año entrante según corresponda.
De esta manera, los nuevos límites de cobertura (en este caso, aplicables desde el 1/1/24 y hasta el 30/6/24) son los siguientes:
Automóviles y Camionetas, Vehículos Remolcados, Autos de alquiler sin chofer, Motovehículos y Bicicletas con motor, y Casas Rodantes, se establece un límite de $80 millones.
Taxis y Remises, Maquinarias Rurales y Viales, Camiones y Semitracciones, Acoplados y Semirremolques, Servicios de Urgencias, Fuerzas de Seguridad, y vehículos de la categoría M1 (vehículos para transporte de pasajeros con un máximo de ocho asientos, excluyendo el asiento del conductor, y un peso máximo de tres mil quinientos kilogramos), se fija un límite de $175 millones.
M2 (vehículos para transporte de pasajeros con más de ocho asientos, excluyendo el asiento del conductor, y un peso máximo de cinco mil kilogramos) y M3 (vehículos para transporte de pasajeros con más de ocho asientos, excluyendo el asiento del conductor, y un peso superior a cinco mil kilogramos), se estipula un límite de $260 millones.
Vehículos intervinientes en un servicio convenido a través de una Plataforma Tecnológica (Cabify, etc.), se establece un límite $175 millones.
Vehículos Automotores destinados al Transporte Público de Pasajeros, se determina un límite de $260 millones.
Adicionalmente, se han aumentado los montos de cobertura en la Obligación Legal Autónoma para los siguientes conceptos:
- Gastos Sanatoriales por persona, con un límite de $350.000.
- Gastos de Sepelio por persona, con un límite de $205.000.
Aspectos a considerar
Desde FAPASA, acompañan la medida y el achicamiento de los plazos de ajustes, pero a la vez advierten sobre aspectos sensibles que derivan de la misma.
«Estamos de acuerdo con los incrementos establecidos en los límites de cobertura de RC y que la frecuencia de actualización se haya acortado de un año a seis meses nos parece acertado, siempre pensando en la protección del asegurado y del tercero damnificado», sostiene al respecto Agustina Decarre, Presidente de FAPASA.
Y agrega: «Con la SSN estamos en permanente contacto, integrando mesas de trabajo junto a las cámaras del sector, para seguir de cerca la mejora en los umbrales y que no queden desactualizados».
Y si bien confía en que el gobierno tome medidas para controlar la inflación, aclara que «si la escalada inflacionaria se recrudece en 2024, la actualización debería pensarse para períodos más breves».
En complemento, la titular de FAPASA se mostró preocupada por los reclamos judiciales que están por encima de esos límites. «Debemos alertar sobre las numerosas condenas judiciales que desconocen los límites de las sumas aseguradas y se actualizan aplicando tasas de interés activas y terminan ejecutando condenas que superan por lejos los daños que pretenden reparar», cerró.
Detalle completo
La Resolución SSN 505/2023 tiene fecha de sanción el 30/10/2023 y fue publicada en el Boletín Oficial del 1/11/23, entrando en vigencia para las pólizas emitidas y/o renovadas a partir del 1° de enero de 2024 (a partir del 1° de julio de ese año, se volverán a actualizar, ya que a partir del año entrante se achica el período de ajustes, que pasa de anual a semestral).