Tras la revocación de su autorización y el inicio de la liquidación forzosa, las prestaciones médicas y dinerarias de Galeno ART quedaron bajo la órbita del Fondo de Reserva del sistema. Qué cambió, quién responde ahora y cómo realizar consultas sobre tratamientos y siniestros en curso, además de los plazos para que los acreedores soliciten el reconocimiento de su crédito.
La salida de Galeno ART del Sistema de Riesgos del Trabajo generó una pregunta inmediata entre trabajadores, empleadores y Productores Asesores de Seguros: ¿quién continúa pagando las prestaciones cuando una aseguradora deja de operar? La decisión oficial activó un mecanismo previsto por la normativa para garantizar la continuidad de las coberturas. Sin embargo, el proceso también abrió un período de transición en el que las consultas sobre atención médica, pagos y trámites comenzaron a concentrarse en el Fondo de Reserva del sistema.
El punto de partida fue la decisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación de revocar la autorización para operar de Galeno Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A., lo que implicó su disolución y el inicio del proceso de liquidación forzosa. La medida se tomó tras detectarse un déficit de capital superior a los $12.900 millones en sus estados contables de septiembre de 2025. La compañía había recibido plazos para regularizar su situación patrimonial, pero finalmente reconoció que no podía recomponer su capital ni presentar un plan de saneamiento viable.
Como consecuencia de esa decisión, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo dejó sin efecto las autorizaciones que la empresa tenía desde 1996 para operar en el sistema, lo que implicó la rescisión de los contratos con empleadores afiliados y el inicio del procedimiento de reasignación de cobertura a otras ART.
Sin embargo, el punto más sensible del proceso es el destino de las prestaciones médicas y dinerarias vinculadas con accidentes o enfermedades laborales que ya estaban en curso.
El rol del Fondo de Reserva
Para evitar que trabajadores accidentados o en tratamiento queden sin cobertura en estos casos, el sistema prevé la intervención del Fondo de Reserva de la Ley de Riesgos del Trabajo. Este fondo actúa como respaldo financiero cuando una ART no puede cumplir con sus obligaciones.
En el caso de Galeno ART, ese mecanismo se activó para garantizar el pago de las prestaciones pendientes, incluidas las atenciones médicas, rehabilitaciones o indemnizaciones que correspondan por siniestros denunciados antes de la liquidación. Además, los directivos de la aseguradora debieron informar al Fondo de Reserva el detalle de los siniestros activos para permitir la continuidad de las prestaciones.
Cómo realizar consultas por prestaciones
En paralelo con la liquidación, las autoridades dispusieron un canal específico para que trabajadores, empleadores y prestadores puedan consultar sobre la atención de prestaciones que quedaron bajo responsabilidad del Fondo de Reserva.
Según informó el organismo, las consultas deben canalizarse a través de la empresa SML Consultores Médicos S.A., que actúa como administradora operativa para gestionar la continuidad de las prestaciones y responder a los requerimientos vinculados con tratamientos o trámites pendientes.
Este esquema busca evitar interrupciones en la atención médica o en los pagos derivados de siniestros laborales, garantizando que los trabajadores continúen recibiendo las prestaciones previstas por la legislación vigente.
El proceso de liquidación
Mientras tanto, la compañía transita el proceso judicial de liquidación forzosa. El expediente se tramita ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N.º 10, donde se designaron liquidadores encargados de administrar los activos y pasivos de la aseguradora.
Durante esta etapa, los acreedores deberán realizar las presentaciones correspondientes para verificar sus créditos, en el marco del procedimiento concursal previsto para este tipo de casos.
En ese sentido, el plazo para presentar la Verificación Tempestiva de Galeno ART -procedimiento mediante el cual los acreedores, personas humanas o jurídicas, solicitan el reconocimiento formal de su crédito frente a la aseguradora en liquidación- es hasta el 10 de junio 2026.
Las presentaciones deberán canalizarse a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
Por consultas o asistencia, se encuentra disponible el correo: liquidaciongalenoart@ssn.gob.ar