La Superintendencia de Seguros de la Nación habilitó la apelación presentada por La Nueva Cooperativa de Seguros Limitada contra la resolución que le prohibió operar nuevos contratos y administrar activos. La medida se mantiene vigente hasta que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial se expida.
La SSN dio a conocer la Resolución 427/2025, por la cual le concede el recurso de apelación interpuesto por La Nueva Seguros frente a la Resolución 382/2025 (ver nota), que le había prohibido celebrar nuevos contratos de seguro, administrar sus inmuebles y realizar actos sobre sus vínculos de reaseguro. La decisión original se había fundamentado en incumplimientos detectados en la operatoria de la entidad.
El organismo que conduce Guillermo Plate explicó que, si bien la apelación fue presentada en tiempo y forma, los argumentos de la compañía “carecen de entidad suficiente” para descalificar la sanción previa. Además, la SSN rechazó la prueba ofrecida por considerarla improcedente, aunque destacó que su criterio es siempre favorecer el control judicial de sus decisiones.
La resolución aclara que la apelación tiene efecto devolutivo: esto significa que la sanción continúa vigente mientras el caso es evaluado por la Justicia. Ahora, las actuaciones fueron elevadas a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, que tendrá la última palabra sobre la legalidad de la medida aplicada.