RESOLUCIONES DE LA SSN: Derechos de inscripción, cambios en Régimen de Inversiones y nueva ART Mutual de Petroleros

FAPASA

La SSN emitió varias resoluciones de relevancia en el último mes.

La Resolución SSN 40359/17, del 30 de marzo, modificó los montos para el derecho de inscripción de los Productores Asesores de Seguros (PAS).

Así, el importe del derecho de inscripción de los PAS, personas físicas, se fijó en $ 900, con vencimiento el 30 de abril del año correspondiente. Los productores que no hubiesen cumplido con la totalidad de la asistencia a los cursos del Programa de Capacitación Continuada no podrán efectuar los pagos de los derechos anuales de inscripción de
los años adeudados.

El importe del derecho anual de inscripción de las Sociedades de Productores de Seguros, personas jurídicas, se estableció en $ 3.600, con vencimiento el 30 de abril del año correspondiente.

Los pagos efectuados con posterioridad al 30 de abril y hasta el 31 de diciembre del año correspondiente, sufrirán un recargo del 50%: los PAS, personas físicas, deberán abonar $ 1.350 y las Sociedades de Productores de Seguros, personas jurídicas, $5.400.

A partir del 1° de enero del siguiente año el recargo será del 100%. Por lo tanto, los Productores Asesores de Seguros, personas físicas, abonarán la suma de $1.800 y las Sociedades de Productores de Seguros, personas jurídicas, $7.200. El mismo valor deberá abonarse en caso de que se adeuden años anteriores relativos a dicho concepto.

Cuando los Productores Asesores de Seguros resuelvan no ejercer la actividad temporariamente durante un lapso no inferior a 1 año ni superior a 5, fundada en razones de trabajo, de enfermedad o de indispensable descanso u otras razones de evidente fundamento, y mientras la matrícula se encuentre suspendida, el Productor Asesor de
Seguros abonará en concepto de mantenimiento de su inscripción una suma de $100 por año calendario y quedará liberado de realizar cursos de capacitación continuada mientras su matrícula se encuentra suspendida.

Además, la SSN fijó el derecho de rúbrica a abonar por cada uno de los Registros de Operaciones de Seguros y de Cobranzas y Rendiciones bajo la modalidad papel en la suma de $ 360. Para acceder al Sistema de Rúbrica digital se deberá abonar la suma de $300 equivalente a 3000 registros de operaciones de Seguros o de Cobranzas y Rendiciones.

Por otra parte, mediante la Resolución SSN 40375, la SSN modificó las condiciones para la autorización de planes de cobertura de carácter particular. Básicamente, se elimina el plazo de 10 años de validez que tenían las aprobaciones de carácter particular (punto 23.2 del
Reglamento General de la Actividad Aseguradora) y se flexibilizan las condiciones para la adhesión a aprobaciones de carácter particular (pungo 23,3 del RGAA).

El organismo de control también dispuso cambios en el Régimen de Inversiones, según lo indicado en las Resoluciones SSN 40324 y 40325. En concreto, se incorporan los Fondos Comunes de Inversión Cerrados, al listado de inversiones computables para la determinación de la situación del Estado de Cobertura.

Una novedad a destacar es la autorización conferida a la ART-Mutual de petroleros a operar en el Sistema de Riesgos del Trabajo, por efecto de la Resolución Conjunta SSN 40351 y SRT 376/17, del pasado 30 de marzo,

La SRT destacó en un comunicado que la ART Mutual operará como “entidad de derecho privado sin fines de lucro” y que su constitución está prevista en el artículo 42 de la Ley de Riesgos del Trabajo, “el cual establece que la negociación colectiva laboral podrá crear
Aseguradoras de Riesgos del Trabajo sin fines de lucro, preservando el principio de libre afiliación de los empleadores comprendidos en el ámbito del Convenio Colectivo de Trabajo”, y en el artículo 13 del Decreto 1.720/2012 donde se resalta que “las asociaciones
profesionales de empleadores y las asociaciones sindicales de trabajadores con personería gremial también podrán impulsar, por razones de solidaridad sectorial, de manera independiente y cualquiera sea su grado de agrupación, la constitución de una ART-MUTUAL como entidad de derecho privado sin fines de lucro…”.

Por último, cabe destacar que la SSN autorizó a Opción Seguros a operar en Combinados e Integrales (Resolución 40385) y que se aprobó el cambio de denominación de Mañana Seguros de Personas, entidad que en lo sucesivo ha de llamarse Compañía de Seguros Mañana (Resolución 40384).