Primas bajas y comisiones altas pueden esconder seguros ilegales

Fernando McLoughlin

Quienes hayan leído la Odisea recordarán que allí se cuenta la historia de Ulises, un personaje de la mitología griega también llamado Odiseo, que se entera de la existencia de unos seres fabulosos que se refugiaban en el estrecho de Mesina llamados sirenas.

Estas sirenas eran divinidades marinas que se las representaba como mujeres jóvenes con cola de pez y que poseían una extraordinaria voz con la que atraían a los navegantes con su canto que los llevaba fatalmente a enfrentarse con terribles monstruos.

El héroe Ulises, deseoso de escucharlas, siguió las instrucciones de la maga Circe y, tras taponar los oídos de sus marineros con ceras, se hizo atar al mástil de su barco desde donde disfrutó de la melodiosa voz de las sirenas. Pero no fue gratuita su osadía. Pagó su audacia con el dolor que sufrió mientras se alejaba de su canto tan cautivador. De allí que la frase “el canto de sirenas” se utiliza desde entonces para señalar a un discurso elaborado con palabras agradables y convincentes, que tientan al desprevenido pero que esconden un doloroso engaño.

Muchos asegurados, y productores, se han visto atraídos por ofertas de seguros baratos y de altas comisiones que resultaron ser, lisa y llanamente, una estafa al asegurado, un delito para intermediarios que nada tienen que ver con los productores de seguros, el fin de la carrera de algunos productores poco responsables y un daño indudable a la confiabilidad del mercado asegurador.

La venta ilegal de seguros fue uno de los interesantes temas centrales durante el Foro Nacional que se llevó a cabo en el Fórum Centro de Convenciones de Santiago del Estero, el pasado 23 de junio. Allí las autoridades de la Asociación de Productores Asesores (APAS) de Santiago del Estero alertaron que continúa este serio flagelo que tiene como víctimas a muchísimos asegurados en su región.

La mecánica de su obrar ilegal no es nuevo pero sí recurrente desde hace años abriendo oficinas que simulan ser compañías de seguros y llegan a pagar pequeños reclamos (supuestos siniestros) pero ante un siniestro de monto importante desaparecen dejando a los compradores de estas falsas coberturas libradas a su suerte.

Esto perjudica tanto a los que compraron estas falsas pólizas como a los terceros que se encuentran con la falta de solvencia por parte de estos últimos al momento de enfrentar el pago de una indemnización que, quizás, justamente merecen pero nunca obtendrán.

La ilegalidad, y el fraude en el ámbito de los seguros, genera naturalmente inquietud entre los productores habilitados y es por ello que la Federación de Asociaciones de Productores Asesores de Seguros de la Argentina lo ha denunciado permanentemente tanto públicamente en sus comunicaciones como ante la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Seguros de aseguradoras no autorizadas en Argentina

La historia de las empresas de seguros que venden sin las autorizaciones correspondientes es un tema de larga data en el mercado argentino de seguros de vida. La verdad es que, si bien la disposición es desconocida por muchos asegurados, el régimen legal de seguros en la República Argentina prohíbe los contratos de seguros “off shore”(dícese de pólizas emitidas por compañías de seguros no autorizadas) para “personas, bienes o cualquier interés asegurable de jurisdicción nacional” y su sola contratación puede dar lugar a sanciones (para el asegurado y para el intermediario) y, lamentablemente, grandes problemas para los derechohabientes que podrían encontrarse con problemas al intentar cobrar el seguro.

La Ley 12.988 prohíbe asegurar bienes y personas en compañías de seguros que no se encuentren autorizadas a operar en el país sino también que comportan gravosas responsabilidades tanto para los operadores como para los propios asegurados, con penas de hasta 25 veces el importe de la prima, siendo la AFIP la autoridad de aplicación de esta sanción.

Obviamente no se venden en un local a la calle. En una entrevista personal el asegurado, recibe en su oficina la visita de un intermediario de una compañía de seguros de capitales extranjeros. Allí, le ofrecen un seguro de vida individual, generalmente, con capitalización en dólares. Muchas veces llega a aclararle al futuro asegurado que, si bien la compañía de seguros está registrada y cumple con todas las leyes extranjeras de su lugar de radicación, el seguro es ilegal en Argentina.

Pero aunque esto tendría que espantar al cliente, el entrevistador aplica “el canto de las sirenas” al asegurado que ve atractivo confiar sus ahorros a una empresa aseguradora que estaría radicada en un país con una economía más estable que la del propio cliente pero que, como consecuencia poco favorable, no podría deducir parte del mismo en el pago del Impuesto a las Ganancias por tratarse de un seguro off shore.

Agradece el cliente la sinceridad del entrevistador pero lo que desconoce es que la imposibilidad de deducirlo de Ganancias no es lo más delicado a lo que se está exponiendo mediante esta póliza.

Bien se podría catalogar lo que está contratando como una operación sospechosa de lavado de dinero, ya que son fondos no registrados, lo que tiene implicancias de carácter económico, social y hasta penal.

Pero no terminan allí las posibles contingencias. Precisamente, al tratarse de una operatoria ilegal, al momento en que los beneficiarios (viuda, hijos, etc.) más necesiten esos fondos, o sea que los quieren traer a su país, es cuando descubren el problema. Los bancos ahora exigen cada vez información acerca del origen de los fondos. Y esto si el siniestro no se complica.

Algunos siniestros tienen un procedimiento complejo que implica muchas pruebas y peritajes que deben fluir entre el país de origen de la compañía donde se tramita el siniestro y el del asegurado.

Es un tema muy delicado, e incluso la legislación de cada país es diferente en cuanto a la disponibilidad de los fondos. En algunos casos el beneficiario descubre que no puede cobrar libremente su beneficio y, en casos extremos, que debe invertirlo, quizás en el mismo país extranjero donde se radica esa aseguradora y hasta en algún instrumento de inversión determinado (fideicomiso).

Seguros de aseguradoras que ni siquiera existen

En algunos casos la situación es aún peor. El asegurado paga por una supuesta póliza contratada con una aseguradora inexistente, que decía tener su domicilio legal en una ciudad de Centroamérica y de la que se han denunciado la comercialización de pólizas de esta falsa entidad desde Misiones y Jujuy hasta Bariloche. Esto dio lugar a muchas denuncias de productores, de aseguradores registrados legalmente y cuyas denominaciones comerciales fueron utilizados cambiándole algunas letras para confundir a los clientes, de asegurados damnificados y de accionar de la Superintendencia de seguros y de la justicia penal.

La Superintendencia ha colaborado con la justicia penal participando en diversos operativos, en cooperación con la División Defraudaciones y Estafas de la Policía Federal Argentina, en distintas medidas judiciales ordenadas por el Juzgado con el objeto de secuestrar pólizas de seguros apócrifas (contratos, frentes de pólizas, certificados de cobertura, recibos, y otros) relativos a esta supuesta aseguradora y sus comercializadores.

La lista de operadores no autorizados que la Superintendencia publica en “Alertas a la población” de su sitio web (www.ssn.gov.ar) incluye nombres sorprendentemente similares a los de compañías que sí están habilitadas y venden seguros legalmente.

Pueden encontrase casos como “Asociación Mutual de Seguros San Patricio” con San Patricio Seguros de Vida y Salud. “Orbita Seguros” aprovecha la similitud con la aseguradora Orbis y el “Instituto del Norte” con El Norte.

Pero el caso más emblemático es “Prudenxia Compañía de Seguros Gls de CMISA”, que opera como “Prudenxia”, “Prudencia” o “La Prudencia” y lucra a partir de la semejanza con “Prudencia Seguros”. A estas aseguradoras no se las puede encontrar en ningún sitio. La administración de los siniestros sería por email.

Prometen que enviada la denuncia original, la fotocopia de cédula verde y la credencial de conductor, fotos originales, dos presupuestos originales y otros requisitos, supuestamente, dentro de las 48 horas de su recepción, se remite una oferta también por email.

La misma consistiría en un pago en efectivo a ser efectuado en un plazo menor a 30 días, que se deposita en la cuenta corriente, o caja de ahorro del productor, para que éste le cancele al beneficiario el siniestro. Demasiado flexible como para que se trate de un procedimiento de pago siquiera confiable.

Accionar de las Asociaciones de Productores y la Superintendencia

Los propios damnificados (que se creían asegurados) o los productores de seguros, directamente o a través de las asociaciones de todo el país que los representan y nuclean, colaboran activamente denunciando el accionar de comercializadores no autorizados y se procede al labrado de las actuaciones administrativas ante la Superintendencia de Seguros (artículo 61 Ley 20.091) que verifica hasta dónde llegan las tareas irregulares realizadas por dichos operadores ilegales. Si se confirma su accionar irregular se colocan las alertas en la página web de la Superintendencia de Seguros como así también a través de solicitadas en los diferentes medios.

Pero no termina allí. Es mucho más grave para los participantes de estas actividades ilegales. Si se configuran los recaudos legales exigidos, la Superintendencia los denuncia penalmente por el delito de estafa (artículo 172 del Código Penal) y falsificación de documento. Esto por cuanto es obligación de los funcionarios públicos denunciar hechos que puedan constituir delitos dejando al juez penal decidir, en cada caso, si se trata de un delito y, en caso de tipificar, condenar por ello a los responsables.

Lo cierto es que no es trabajo fácil perseguir este accionar ilegal llevando el debate al ámbito de los juzgados penales.

Es un esfuerzo importante tanto por problemas de jurisdicción y de tipificación penal de estas conductas como así también de interpretación del rol que le cabe a la Superintendencia en instancia judicial como denunciante de estos delitos.

No dejarse tentar por lo ilegal

Cuidado con el canto de las sirenas. Las personas que ofrecen algo ilegal nunca lo presentan como un mal negocio o que se trata de algo inmoral o reprochable. Todo lo contrario. El reclutador será una persona amable y seductora que tendrá un arsenal de argumentos sobre beneficios económicos y justificaciones de todo tipo para lo irregular de su actuación en la oferta de seguros inexistentes.

En algunos casos los que organizan esta actividad han justificado su accionar afirmando que eran los únicos que le ofrecían al asegurado asegurar contra robo un vehículo de 35 años de antigüedad. O que se hallaban autorizadas para operar en seguros por entidades diferentes de la Superintendencia de Seguros de la Nación (el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social) por lo que afirmarían, falsamente, que estarían autorizadas a vender y emitir contratos de seguros mutuales. Pero ninguno de estos argumentos modifica lo ilegal de su accionar.
Han reconocido, en algún caso muy resonado, que su operación era ‘off-shore’, que la compañía que ofrecían y la actividad de sus intermediarios no estaba sujeta al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación, que su práctica sería “estrictamente mayorista” y que los clientes de la compañía no eran los asegurados sino los productores, quienes, a su vez, realizaban ellos mismos la administración de siniestros. A nadie puede convencer que una operatoria de estas características sea muy confiable cuando se aparta tanto de la ley.

Pero donde el canto de la sirena realmente ha resultado fuerte es cuando hablan de comisiones. Recuerde que Ulises se hizo atar al mástil de su barco para no dejarse llevar por las sirenas. Alguna de estas aseguradoras inexistentes ofrecería una comisión al intermediario que llegaba al 40 % sobre las primas y el excedente sobre ese precio, que el intermediario agrega hasta donde quiera mientras el asegurado se lo pague, no se comparte con la compañía y va directamente al bolsillo del intermediario. Una fuente de ganancias fáciles para aquel que está dispuesto a tomar por el atajo rápido, y para nada recomendable, si es que quiere hacer una sólida carrera como intermediario en el mercado asegurador.

Luchar contra el seguro ilegal es un compromiso irrenunciable de los Productores Asesores de Seguros que ven en el crecimiento de la cultura aseguradora y de difundir la confiabilidad en las aseguradoras la clave para seguir construyendo su negocio.