Tras una apelación, se suspendió la medida que revocaba la autorización de la compañía de seguros para operar en el mercado. Ahora debe expedirse la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial.
La Superintendencia de Seguro de la Nación a través de la Resolución 626/2024, de fecha 29 de noviembre, resolvió conceder el recurso de apelación interpuesto por TPC Compañía de Seguros S.A. respecto de la Resolución 600/2024, del pasado 15 de noviembre.
Recordemos que dicha norma, revocó la autorización para operar en seguros a dicha aseguradora y dispuso su inhibición general de bienes, entre otras medidas (ver nota).
Ante la presentación realizada ante la justicia, la referida Resolución SSN 626/2024 concedió la apelación con efecto «suspensivo» sobre la revocación y la norma en general, y con efecto «devolutivo» respecto al artículo 2 -le prohibió realizar actos de administración respecto de sus disponibilidades y se le inhibieron los bienes-, con lo cual esta última medida persiste y no se suspende su ejecución.
En ese marco, la SSN elevó las actuaciones a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, que se deberá expedir al respecto.
Acceda a ambas resoluciones: