En una charla organizada por FAPASA, se explicaron los alcances del nuevo régimen legal que permite incorporar colaboradores sin relación de dependencia. Más de 200 PAS participaron del encuentro, en el que Lisandro Redivo detalló cómo implementar esta figura, los requisitos legales y las claves para evitar conflictos jurídicos. Enterate de qué se trata.
El pasado 3 de abril, se realizó un taller online, a cargo del contador y Productor Asesor de Seguros, Lisandro Redivo, expresidente de APAS Bahía Blanca y actual miembro de la comisión directiva de FAPASA, en el cual se abordó la implementación del artículo 97 de la Ley de Bases 27.742, que establece que un trabajador independiente puede tener hasta tres colaboradores independientes para emprender un proyecto productivo
La convocatoria, que contó con la participación de 214 Productores Asesores de Seguros, se centró en la nueva posibilidad de registración de colaboradores. Redivo enfatizó la importancia de que cada PAS consulte con su contador o abogado de confianza para comprender plenamente las implicaciones de esta normativa y determinar su aplicabilidad en cada caso particular.
El artículo 97 de la mencionada ley permite que un trabajador independiente incorpore hasta tres colaboradores sin que esto configure una relación de dependencia laboral. Para ello, es requisito que el colaborador esté inscripto en el monotributo y cuente con un seguro de accidentes personales.
Redivo detalló el procedimiento para formalizar esta relación: el PAS interesado debe inscribirse en el registro PADIC (Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores) a través de la plataforma ARCA, y el colaborador dispone de 72 horas para aceptar esta vinculación. Además, se destacó que FAPASA ofrecerá capacitaciones destinadas a quienes deseen desempeñarse como colaboradores en este marco legal.
Es fundamental señalar que la ley no especifica las tareas que puede realizar el colaborador. Sin embargo, la normativa establece que el colaborador tiene la libertad de prestar servicios para múltiples empleadores y que cualquiera de las partes puede rescindir el vínculo en cualquier momento sin consecuencias legales. No hay plazos mínimos o máximos para esta relación.
En resumen, esta nueva figura legal brinda una oportunidad para regularizar y formalizar relaciones laborales, otorgando flexibilidad tanto a los PAS como a sus colaboradores, siempre que se cumplan con los requisitos establecidos y se realicen las consultas profesionales pertinentes.
Ley de Bases
El artículo 97 de la Ley 27.742 («Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos») establece que un trabajador independiente puede tener hasta tres colaboradores independientes para emprender un proyecto productivo.
Ese apartado se detalla a continuación:
Capítulo IV
De los trabajadores independientes con colaboradores
Artículo 97.- El trabajador independiente podrá contar con hasta otros tres (3) trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento productivo y podrá acogerse a un régimen especial unificado que al efecto reglamentará el Poder Ejecutivo nacional.
El mismo estará basado en la relación autónoma, sin que exista vínculo de dependencia entre ellos, ni con las personas contratantes de los servicios u obras e incluirá, tanto para el trabajador independiente como para los trabajadores colaboradores, el aporte individual de una cuota mensual que comprenda la cotización al Régimen Previsional, al Régimen Nacional de Obras Sociales y Sistema Nacional del Seguro de Salud y al Régimen de Riesgos del Trabajo, en las condiciones y requisitos que establezca la reglamentación.
Queda prohibido fragmentar o dividir los establecimientos para obtener beneficios en fraude a la ley.
El presente artículo será de aplicación específicamente cuando la relación sea independiente entre las partes; es decir, en las que se encuentre ausente alguna de las notas típicas de la relación laboral que son la dependencia técnica, la jurídica o la económica. Todo ello de acuerdo al tipo de actividad, oficio o profesión que corresponda.